AOE EN PERÚ

¿Cuál fue el camino para conseguir la AOE para Todas?

Desde que la Anticoncepción Oral de Emergencia (AOE) se incorporó a la oferta de planificación familiar en el año 2001, se ha tenido que exigir al Ministerio de Salud (Minsa) el cumplimiento de su distribución en los servicios de salud.

Tras un proceso que terminó en el Tribunal Constitucional (TC), este organismo señaló, en una sentencia de 2006, que la AOE era un método anticonceptivo y que el Minsa debía garantizar su distribución. Sin embargo, la ONG católica ALA Sin Componenda inició otro proceso legal contra el Minsa, para detener la distribución de la AOE, que también llegó al TC.

En 2009, este organismo cambió su posición en una sentencia regresiva, obviando la evidencia científica presentada por muchas organizaciones nacionales e internacionales durante el proceso, y prohibió al Minsa la distribución de la AOE en los servicios de salud públicos. Sin embargo, quedó permitida la venta de AOE en farmacias privadas, lo que generó discriminación hacia las mujeres, adolescentes y niñas que no podían acceder a este insumo por estar en situación de pobreza.

En el año 2016, el Primer Juzgado Constitucional de Lima emitió una medida cautelar, solicitada por Promsex, para que el Ministerio de Salud (Minsa) distribuya la AOE mientras el caso no tenga una sentencia final; así mismo, este mismo juzgado en 2019 valorando la evidencia científica se pronunció favorablemente ordenando al Minsa que reponga la AOE.

Sin embargo, tras una apelación de la ONG católica ALA Sin Componenda, la Primera Sala Civil de Lima declaró improcedente la demanda por considerar que debía ser el Tribunal Constitucional (TC) quien se pronuncie.

Finalmente, en marzo del 2023, el TC decidió que se debe continuar con la distribución de la AOE por parte del Minsa. De esta manera se ratificó que la AOE es indispensable en la oferta pública de salud, pues representa una segunda oportunidad para muchas mujeres que desean prevenir un embarazo en el marco de relaciones consentidas. Y, también es la única alternativa que tienen miles de niñas, adolescentes y mujeres víctimas de violación sexual para no quedar embarazadas.

UNA SENTENCIA
JUSTA

La decisión del TC reconoce la evidencia científica de la Organización Mundial de la Salud que señala que “las píldoras anticonceptivas de emergencia no son eficaces una vez que ha comenzado el proceso de implantación y no pueden provocar un aborto” (OMS, 2016).